¡Abiertos los sábados 16 y 23 de 9:00 a 13:00! ¡Te esperamos para atenderte!
Desguaces Aeropuerto Contigo

¿Cuales y porque son las multas por usar el móvil conduciendo?

Todos sabemos que hablar por el móvil o usarlo mientras circulamos nos puede acarrear problemas con las multas y sanciones derivadas, pero todavía son muchos los conductores que siguen usando su dispositivo móvil cuando van conduciendo. Las multas o sanciones,  no solo se ponen al hablar por el móvil, sino también al hecho de ir con el teléfono en la mano. Es lógico ya que es una tentativa al despiste mientras se conduce tener un objeto interactivo en la mano, la cual debería estar en el volante según la normativa.

De hecho,está comprobado que al conducir y hablar a la vez por nuestro teléfono móvil o simplemente al cogerlo con la mano, se reduce nuestra capacidad de atención al volante. Como hemos comentado antes, la tentación nos hace peligrar porque nos despista de la acción de conducir. Esta es la causa principal por la que se modificó la Ley de Tráfico, para evitar accidentes en las carreteras españolas. Aun así, son muchos los conductores que siguen usando sus dispositivos no solo para llamar, sino también para enviar mensajes ya sea a través de SMS o por Whatsapp y/o también para consultar una dirección en el GPS de los smartphones, cosa que se debe realizar parado o estacionado.

Principalmente, las multas de este tipo se suelen poner por policías, en su mayoría fuerzas de seguridad locales y la Guardia Civil de tráfico, pero atención, aquí está la polémica: «también se pueden recibir notificaciones de multas por conducir y hablar por el móvil con fotografías.» Estas, normalmente, se captan desde cámaras de tráfico ya sean de carretera o de núcleo urbano, o también desde cámaras de los ya famosos helicópteros de tráfico, las alas de la benemérita les llaman algunos. En este último caso,lo lógico es que recibamos la multa en nuestro domicilio, o en el domicilio que tengamos registrado el vehículo en cuestión, en el plazo correspondiente (cosa que no siempre es así, para poder recurrir con tiempo la sanción o poder pagarla en el plazo de reducción). En esas multas también deberían aparecer los datos del conductor, así como la fecha, con la hora en la que se cometió y el lugar, los datos del conductor es algo bastante difícil de comprobar, pues no se percatan feacientemente de quien conduce el vehículo, la fecha y hora es algo que aparece en todas las fotografías de tráfico, para poder demostrar la infracción. En la documentación aparece como en el resto: el pago de la sanción, dónde y cuándo hay que pagarla.

La sanción de las multas de conducir por hablar por el móvil, ascienden a una cuantía próxima a los 200 euros y conlleva la pérdida de tres puntos del carnet de conducir. Generalmente, la multa se reduce un 50% si se paga durante los 20 primeros días desde que hemos recibido la notificación en casa. Esperemos que nunca lleguen tarde, pues están fechadas y perdemos tiempo al respecto.

Entonces…¿cómo recurro la multa por haber hablado por el móvil? Pues en teoría estricta hay posibilidades de recurrirla pues como advertíamos anteriormente si no te ha parado la policía o si sobre todo en la fotografía o en la imagen adjunta a la notificación, no se reconoce al conductor, podremos alegar que no conducíamos nosotros el coche. Además, en España se reconoce el derecho a la presunción de inocencia, y al no habernos parado ningún policía, que contradiga esa presunción, podemos alegar ese concepto. Eso sí, en la alegación se tienen que presentar pruebas, no podemos mentir si somos conscientes de que hemos cometido la infracción.

Es más, lo que no se debe hacer es poner en peligro nuestra seguridad y la de todos, por no poner el manos libres, por coger una llamada tonta (si es importante se para en el punto oportuno y se devuelve la llamada) o un mensaje. No obstante también es importante decir que si no vamos solos al volante el copiloto por ejemplo se puede ocupar de ser su telefonista particular.